El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Granada ha concedido la liberación total de las deudas (más de 25.000 euros) que un cliente de nuestro Despacho, padre de familia, había contraído con múltiples acreedores (bancos, telefonía, préstamos personales, AMAZON, etc.)
Antonio (nombre ficticio) acudió a nuestro Despacho agobiado
por las deudas que mantenía con sus acreedores,
quienes ejercían continuas medidas de presión (múltiples llamadas, correos electrónicos, etc.) para obligarle al pago de unas cantidades a las que no podía hacer frente.
Nosotros, tras estudiar detenidamente su situación, le asesoramos para acogerse al procedimiento de la “Ley de Segunda Oportunidad”, y posterior solicitud del “Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho”, a cuyos efectos presentamos la correspondiente demanda ante los Juzgados de lo Mercantil de Granada en el mes de octubre de 2022.
Ahora, poco más de 3 meses después desde el inicio del procedimiento, y tras la confirmación de la exoneración (liberación) del pasivo insatisfecho (deudas) por el Juzgado, Antonio ha conseguido liberarse de todas sus deudas que mantenía con sus acreedores, por una cuantía de alrededor de más de 25.000 euros, y empezar así una nueva vida empresarial sin agobios.
Así, tras la última reforma de la ley concursal llevada a cabo en el mes de septiembre de 2022, este procedimiento empleado de la “Ley de Segunda Oportunidad”, y posterior concesión judicial del “Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho”, ha sido muy agilizado y simplificado, ya que antes de la reformaoperada, procedimientos similares tardaban varios años en concluir.
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