Europa abre la puerta a que la Banca española devuelva hasta 45.000 millones por el IRPH.
- Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS
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- 10 sept, 2019
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El abogado general del TJUE abre la puerta a que los jueces anulen hipotecas con IRPH, por ser poco transparentes.

Hoy, hemos conocido las conclusiones
presentadas por el Abogado General del TJUE, en relación al carácter abusivo del índice IRPH, quien, a través de su informe, ha abierto la puerta a que las entidades financieras
tengan que devolver
a los afectados las cantidades
que hubieran pagado indebidamente, como consecuencia de su aplicación.
Así, las primeras estimaciones de los analistas, realizadas tras conocer este informe, cifran los afectados en varios millones, con una cantidad media, a recuperar por cada cliente, de alrededor de 25.000 euros.
Si bien no se trata aún de una sentencia (que la conoceremos a finales de este año 2019, o principios de 2020), las conclusiones del Abogado General que hoy hemos conocido son comúnmente seguidas por el TJUE, por lo que es bastante probable que el fallo del TJUE sea favorable a que los clientes puedan reclamar, y los bancos tengan que devolverles, lo que pagaron indebidamente como consecuencia de la aplicación del IRPH.
De este modo, en el informe conocido hoy, el Abogado General confirma que, a pesar de tratarse el IRPH de un índice oficial (publicado por el Banco de España, y calculado según la media de los tipos de interés de los préstamos hipotecarios concedidos por todas las entidades financieras), esto no le exime del control de transparencia y de comprensibilidad que exigen las normas comunitarias.
Así, precisamente, lo que pone en duda y critica este informe del Abogado General, es la falta de transparencia en la comercialización de este índice por las entidades financieras quienes, a tenor del mismo, ni informaron debidamente a los clientes, ni les expusieron de una manera transparente y comprensible acerca de en qué consistía este índice (ni cómo se calculaba), ni de su evolución previsible, ni de la posibilidad de referenciar sus hipotecas a otros índices, como el EURÍBOR.
En "GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS", revisaremos tu hipoteca con IRPH de una manera totalmente GRATUITA y SIN COMPROMISO, y también te daremos una estimación de las cantidades que la entidad financiera te tiene que devolver. Ponte en contacto con nosotros en el teléfono: +34 615 071 074; o en el mail: jorge@gonzalezluna.es
Así, las primeras estimaciones de los analistas, realizadas tras conocer este informe, cifran los afectados en varios millones, con una cantidad media, a recuperar por cada cliente, de alrededor de 25.000 euros.
Si bien no se trata aún de una sentencia (que la conoceremos a finales de este año 2019, o principios de 2020), las conclusiones del Abogado General que hoy hemos conocido son comúnmente seguidas por el TJUE, por lo que es bastante probable que el fallo del TJUE sea favorable a que los clientes puedan reclamar, y los bancos tengan que devolverles, lo que pagaron indebidamente como consecuencia de la aplicación del IRPH.
De este modo, en el informe conocido hoy, el Abogado General confirma que, a pesar de tratarse el IRPH de un índice oficial (publicado por el Banco de España, y calculado según la media de los tipos de interés de los préstamos hipotecarios concedidos por todas las entidades financieras), esto no le exime del control de transparencia y de comprensibilidad que exigen las normas comunitarias.
Así, precisamente, lo que pone en duda y critica este informe del Abogado General, es la falta de transparencia en la comercialización de este índice por las entidades financieras quienes, a tenor del mismo, ni informaron debidamente a los clientes, ni les expusieron de una manera transparente y comprensible acerca de en qué consistía este índice (ni cómo se calculaba), ni de su evolución previsible, ni de la posibilidad de referenciar sus hipotecas a otros índices, como el EURÍBOR.
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Entrevista en el programa de TELECINCO: "VAMOS A VER", presentado por Joaquín Prat, a quien le agradecemos la oportunidad que nos ha concedido de defender la inocencia y el derecho a la presunción de inocencia del menor a quien representamos en el desagradable caso acontecido en un Colegio de Granada de acusaciones contra la libertad sexual.