jorge@gonzalezluna.es                                     +34 615 071 074      


Blog Post

Estado de alarma. ERTE para trabajadores y empresas.

  • Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS
  • 20 mar, 2020

Empresa o trabajador. Qué debes saber de un ERTE.

De entre las medidas excepcionales contenidas en el Real Decreto 463/2020, de 20 de marzo, por el que se declara el estado de alarma con motivo de la pandemia provocada por el Covid-19 (coronavirus), nos encontramos con la suspensión temporal de los contratos de trabajo a través de la flexibilización y agilización de los requisitos y beneficios derivados de la solicitud de un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo).

Esta figura (ERTE), que ya venía recogida en el Estatuto de los Trabajadores, implica la suspensión de los contratos de trabajo de toda o parte de la plantilla de trabajadores durante un tiempo limitado que, en este caso excepcional (Covid-19) será durante todo el período que dure el estado de alarma (incluidas sucesivas prórrogas, en el caso de que se aprobaran). 

PARA LA EMPRESA:

Se podrán acoger a un ERTE todas aquellas empresas que, por causas de fuerza mayor vinculadas a la pandemia del coronavirus, se hayan visto temporalmente obligadas a parar su funcionamiento; al cierre temporal de sus locales; cancelación de actividades; falta de suministros que les impidan continuar su actividad, etc.  

En los casos antes relatados, será la empresa quien tendrá que solicitar el procedimiento de despido temporal por fuerza mayor (ERTE) ante las autoridades laborales de la comunidad autónoma correspondiente, lo que conllevará que quede exenta de pagar las cotizaciones a la Seguridad Social (y los salarios) durante el tiempo de suspensión de los contratos laborales, siempre que tenga menos de 50 trabajadores, y si el número de empleados fuera superior a 50, “la exoneración de la obligación de cotizar alcanzará al 75% de la aportación empresarial”.

Para la empresa, el procedimiento empieza mediante una comunicación de su decisión, que deberá realizar a todos los empleados, por cualquier medio fehaciente, detallando los motivos de por qué se solicita el ERTE. 

Posteriormente, deberá presentar a la autoridad laboral competente los documentos acreditativos justificativos que le han llevado a tomar la decisión de solicitar el ERTE. Cumplidos estos requisitos, y presentados ante la autoridad laboral competente, en caso de que no contestase a la solicitud de ERTE por la empresa, se entenderá estimada (silencio administrativo positivo).


PARA LOS TRABAJADORES:

En relación a los trabajadores, una vez que la empresa haya presentado (y se le haya comunicado al trabajador) la solicitud de acogimiento a un ERTE por causa del Covid-19, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) procederá a tramitar de oficio la prestación por paro que le corresponde como trabajador. 

Así, esta medida excepcional significa que el trabajador afectado por un ERTE no tendrá que acudir a una oficina del SEPE para darse de alta y pedir la prestación por desempleo, sino que será su empresa quien comunique a las autoridades laborales qué empleados están afectados por esta medida. 

Además, otros aspectos positivos de esta medida para el trabajador es que tendrá derecho a acceder a la prestación por desempleo, incluso aunque no tuviera cotizado el período mínimo para cobrarla, además de que este período en el que la esté disfrutando no se le computará a la hora de percibir prestaciones futuras. 

Por último, otro aspecto positivo del ERTE es que, una vez que haya terminado el período de alarma, y el trabajador se reincorpores a su empresa, el empresario estará obligado a mantenerle en plantilla durante, al menos, 6 meses más.


En "GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS" asesoraremos GRATUITAMENTE tanto a empresas como trabajadores que se hayan visto afectados o tengan que solicitar un ERTE.

📞 +34 615 071 074

📭 jorge@gonzalezluna.es

#YoMeQuedoEnCasa

Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 22 de febrero de 2025
La Ley de Nietos estará en vigor sólo hasta octubre de 2025. Conoce todos los requisitos y cómo obtener tu nacionalidad española.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 20 de febrero de 2025
Qué necesitas saber si deseas instalar una pérgola en una edificación que se encuentra incluida dentro de un entorno urbano especialmente protegido: BIC o sometido a PEPRI.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 14 de febrero de 2025
Conoce qué necesitas para solicitar una revisión de tu incapacidad permanente total, y conseguir la absoluta.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 22 de enero de 2025
Conoce cuáles son los supuestos en los que hacienda te obligar a regularizar el impuesto de sucesiones que hayas pagado, para el caso de que se hayan ocultado y no declarado fiscalmente bienes heredados.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 7 de enero de 2025
Si tienes planeado viajar al extranjero, y estás cobrando tu desempleo, tienes obligación de comunicarlo al SEPE. Conoce los requisitos y las consecuencias de la falta de comunicación.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 7 de enero de 2025
Si tus familiares ascendientes nacieron en España, podrías tener derecho a adquirir la nacionalidad española. Descubre cómo.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 15 de diciembre de 2024
Entrevista en el programa de TELECINCO: "VAMOS A VER", presentado por Joaquín Prat, a quien le agradecemos la oportunidad que nos ha concedido de defender la inocencia y el derecho a la presunción de inocencia del menor a quien representamos en el desagradable caso acontecido en un Colegio de Granada de acusaciones contra la libertad sexual.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 11 de diciembre de 2024
¿Está la empresa obligada a llamar al trabajador que ha sido contratado bajo la modalidad de fijo-discontinuo? Conoce cuáles son las obligaciones para la empresa, los derechos para el trabajador y las consecuencias del incumplimiento.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 4 de diciembre de 2024
Requisitos para que sea válido en España un poder otorgado en el extranjero ante un notario extranjero.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 27 de noviembre de 2024
Diferentes supuestos en los que el socio de una sociedad anónima puede desprenderse de sus acciones, mediante su adquisición por la sociedad. Régimen jurídico aplicable y límites legales de esta operación societaria.
Show More
Share by: