Nuevo giro en las cláusulas suelo.
- Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS
- •
- 09 may, 2022
- •
La Audiencia de Madrid permite reclamarlas desde la firma de la hipoteca.

En una sentencia
dictada en recientes fechas, la Audiencia Provincial de Madrid ha reconocido a una demandante el derecho a reclamar
lo indebidamente abonado a la entidad financiera, con motivo de la indebida aplicación de la cláusula suelo
inserta en su contrato de préstamo hipotecario, con efectos retroactivos
a contar desde la firma
de su hipoteca.
Así, lo muy novedoso de esta sentencia conocida últimamente es que no se ajusta al límite temporal que fijó nuestro Tribunal Supremo, para reclamar la cláusula suelo (mayo de 2013), por lo que esta perjudicada podrá reclamarla, y se le va a reconocer su derecho a la devolución de cantidades desde la firma de su hipoteca ( en el año 2007).
De esta manera, con motivo de esta nueva resolución, los importes económicos que le van a ser devueltos por la entidad financiera por la cláusula suelo van a ser ostensiblemente mayores, puesto que su cálculo no se computará desde mayo de 2013, sino desde más de 6 años antes (incluyendo intereses de demora, intereses legales, etc.).
Además, por otro lado, esta nueva sentencia permitirá también que todos los afectados por la cláusula suelo con sentencia firme (los que ya reclamaron judicialmente, y no se les dio la razón, por el límite temporal impuesto por el Supremo (mayo de 2013)), puedan reclamar ahora.
Así, lo muy novedoso de esta sentencia conocida últimamente es que no se ajusta al límite temporal que fijó nuestro Tribunal Supremo, para reclamar la cláusula suelo (mayo de 2013), por lo que esta perjudicada podrá reclamarla, y se le va a reconocer su derecho a la devolución de cantidades desde la firma de su hipoteca ( en el año 2007).
De esta manera, con motivo de esta nueva resolución, los importes económicos que le van a ser devueltos por la entidad financiera por la cláusula suelo van a ser ostensiblemente mayores, puesto que su cálculo no se computará desde mayo de 2013, sino desde más de 6 años antes (incluyendo intereses de demora, intereses legales, etc.).
Además, por otro lado, esta nueva sentencia permitirá también que todos los afectados por la cláusula suelo con sentencia firme (los que ya reclamaron judicialmente, y no se les dio la razón, por el límite temporal impuesto por el Supremo (mayo de 2013)), puedan reclamar ahora.
📞 +34 615 071 074
📭 jorge@gonzalezluna.es

Entrevista en el programa de TELECINCO: "VAMOS A VER", presentado por Joaquín Prat, a quien le agradecemos la oportunidad que nos ha concedido de defender la inocencia y el derecho a la presunción de inocencia del menor a quien representamos en el desagradable caso acontecido en un Colegio de Granada de acusaciones contra la libertad sexual.